viernes, 8 de octubre de 2010

Hermindo Luna: la derecha ataca de vuelta



Como con Larrabure, como con Paula Lambruschini, como con Rucci... otra vez la derecha procesista quiere reimplantar la teoría de los dos demonios con la toma del Regimiento 29 de Formosa en 1975. Desde aquí otro punto de vista, basado en una lectura "progre".



Vamos a citar nuestra ley suprema, la Constitucion Naciona:

Art. 36.- Esta Constitución mantendrá su imperio aun cuando se interrumpiere su observancia por actos de fuerza contra el orden institucional y el sistema democrático. Estos actos serán insanablemente nulos.
Sus autores serán pasibles de la sanción prevista en el artículo 29, inhabilitados a perpetuidad para ocupar cargos públicos y excluidos de los beneficios del indulto y la conmutación de penas.
Tendrán las mismas sanciones quienes, como consecuencia de estos actos, usurparen funciones previstas para las autoridades de esta Constitución o las de las provincias, los que responderán civil y penalmente de sus actos. Las acciones respectivas serán imprescriptibles.
Todos los ciudadanos tienen el derecho de resistencia contra quienes ejecutaren los actos de fuerza enunciados en este artículo.
Atentará asimismo contra el sistema democrático quien incurriere en grave delito doloso contra el Estado que conlleve enriquecimiento, quedando inhabilitado por el tiempo que las leyes determinen para ocupar cargos o empleos públicos.
El Congreso sancionará una ley sobre ética pública para el ejercicio de la función.


Objeciones

La guerrilla es anterior al Proceso
Respuesta: Las guerrillas surgen en su mayoría en los '60 y '70, en años donde gobernaba la llamada "Revolución Argentina" (Onganía, Levingston y Lanusse). Gobiernos de facto.

La guerrilla actuó en democracia (Cámpora, Lastiri, Perón, Isabel)
Respuesta: Los gobiernos de aquel momento actuaron de manera ilegal al usar las Fuerzas Armadas para asuntos internos, siendo que la misión del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea es defender la soberanía. A gobierno ilegal, respuesta ilegal.

Ese agregado es posterior
Respuesta: Precisamente por eso hay que reanalizarlo, para ver si desde el derecho constitucional de hoy puede condenarse a la guerrilla o no. 


Por lo tanto, este combate se dio en el contexto de la lucha de la guerrilla contra un gobierno que usaba las Fuerzas Armadas de manera ilegítima. Fue un combate justo donde también cayeron varios guerrilleros.

Como dijimos antes, es hora de reivindicar a la guerrilla.

3 comentarios:

  1. amigo !!aflojale a la droga o a la paja o a lo que mierda hagas...no podes ser tan pelotudo y hacer un blog asi !!!

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  2. SEÑORES DIPUTADOS ... MUEVAN LAS PELOTAS !!!! Constitución Nacional . , De la Cámara de Diputados -----> Art. 53.- Sólo ella ejerce el derecho de acusar ante el Senado al presidente, vicepresidente, al jefe de gabinete de ministros, a los ministros y a los miembros de la Corte Suprema, en las causas de responsabilidad que se intenten contra ellos, por mal desempeño o por delito en el ejercicio de sus funciones; o por crímenes comunes, después de haber conocido de ellos y declarado haber lugar a la formación de causa por la mayoría de dos terceras partes de sus miembros presentes.

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  3. Ok, la primera vez perdieron y ahora, los mas cagones de todos, con algunos nabos sicobolches quieren retomar la lucha?
    Venga, que no somos muchos, somos los de siempre, para los montos somos suficientes.
    Eso si, despues, no lloren, ni duzcan inocencia.

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